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Los trabajadores deberán volver a rellenar el modelo 145 por el que informan a la misma de sus datos personales. DESCARGAR MODELO 145.
Instrucciones para cumplimentar el modelo 145
1º DATOS DEL PERCEPTOR (Trabajador):
–Revisar N.I.F., apellidos, nombre y fecha de nacimiento (RECTIFICAR SOBRE EL MISMO IMPRESO).
Situación familiar (SÓLO SE MARCARÁ UNA OPCIÓN)
-Si está SOLTERO SIN HIJOS: Marque la casilla 3.
-Si está CASADO (con o sin hijos) Y SU CÓNYUGE GANA O PREVÉ QUE VA A GANAR MENOS DE 1.500 euros/año: Marque la casilla 2. (En este caso, debe rellenar obligatoriamente el N.I.F. del cónyuge).
-Si está CASADO (con o sin hijos) Y SU CÓNYUGE GANA O PREVÉ QUE VA A GANAR MÁS DE 1.500 euros/año: Marque la casilla 3.
-Si está SOLTERO-SEPARADO-DIVORCIADO CON ALGÚN HIJO MENOR DE 18 AÑOS: Marque la casilla 1 y rellene el apartado 2 (Hijos y otros descendientes).
-Si está SOLTERO-SEPARADO-DIVORCIADO CON HIJOS SÓLO MAYORES DE 18 AÑOS: Marque la casilla 3.
-Si está VIUDO CON ALGÚN HIJO MENOR DE 18 AÑOS: Marque la casilla 1 y rellene el apartado 2 (Hijos y otros descendientes).
-Si está VIUDO SÓLO CON HIJOS MAYORES DE 18 AÑOS: Marque la casilla 3.
Discapacidad del trabajador: En caso de tener reconocido un grado de discapacidad mayor o igual al 33%, marque la casilla correspondiente.
2º HIJOS Y OTROS DESCENDIENTES.
Se reflejará el año de nacimiento o adopción de todos los hijos MENORES DE 25 AÑOS, SOLTEROS Y QUE CONVIVAN CON UD. (SI SON DISCAPACITADOS NO HAY LÍMITE DE EDAD), siempre que no ganen o prevea que no van a ganar más de 8.000 EUROS EN EL AÑO.
En caso de ser discapacitados, marcar la casilla correspondiente.
¡IMPORTANTE!: Si los hijos conviven SÓLO con Ud., sin convivir también con el otro progenitor, marque la casilla “Cómputo por entero de hijos o descendientes”.
3º ASCENDIENTES MAYORES DE 65 AÑOS.
Si sus padres conviven con Ud. (¡ojo! los suegros NO) y son mayores de 65 años o menores de dicha edad si son discapacitados, AL MENOS LA MITAD DEL AÑO y no tienen rentas anuales superiores a 8.000 euros, rellene los apartados correspondientes.
4º PAGO POR LA ADQUISICIÓN O REHABILITACIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL UTILIZANDO FINANCIACION AJENA.
Se indicará, cuando proceda, si se está pagando hipoteca por adquisición de vivienda habitual con derecho a deducción (sólo para viviendas habituales adquiridas con anterioridad al 01-01-2014).
¡ MUY IMPORTANTE!
NO OLVIDE FIRMAR EL MODELO 145
